Frías en el tránsito de los siglos XII al XIII

Frías aparece citada por primera vez en la segunda mitad del siglo IX. Sería uno de tantos pueblos surgidos en los primeros momentos de la ocupación del Alto Ebro. De aquellos años nos quedan los sepulcros rupestres de los alrededores de la parroquia de San Vicente, entonces cementerio. El nombre del pueblo procede de “Aguas Fridas”, después reducido a la segunda parte de esta denominación.

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Traspasado el año 1000 aparece por estas tierras el rey navarro Sancho III el Mayor, cuya base de actuación será Oña. Como consecuencia de la división del reino, esta parcela burgalesa quedará dentro de Navarra. Las luchas con Castilla obligarán a levantar castillos enriscados en los más importantes pasos: Santa Gadea del Cid(Término), se pone a punto Pancorbo y se levantan ex profeso los de Tedeja(en la Horadada, cerca de Trespaderne) y Petralata(en lo alto del Portillo de Busto). Frías pudo servir de defensa complementaria. Con la derrota de Atapuerca(año 1054) nuestro pueblo revierte al condado de Castilla que, desde ahora, tendrá la consideración de reino.

Es evidente que el auge de Frías proviene de tiempos de Alfonso VIII. Es quien la escoge, repuebla con un fuero, la convierte en centro comercial, viario y, sobre todo, defensivo pues, por entonces, es trasladado el castillo de Petralata y sus funciones administrativas y militares a la nueva villa. El hecho hay que encuadrarle dentro de un proyecto más amplio y general. El rey visitará las Merindades en varias ocasiones en el año 1175. Dos años después organiza el municipio de Miranda de Ebro. En 1181 hace otro tanto con Medina de Pomar y, en 1193, con Mijangos. El enemigo de todas estas iniciativas será don Diego López de Haro, señor de una Vizcaya pequeña y pobre, que considera a estas tierras como el espacio natural de su expansión señorial.

Alfonso VIII y su política de reordenación regional: del alfoz de Petralaja a la merindad de Castilla la Vieja

El emperador Alfonso VII dividió el reino entre sus hijos Fernando II de León y Sancho III de Castilla. Hijo de éste sería Alfonso VIII, quién reinó desde 1158 a 1214, uno de los más largos de la historia de España. A través de su hija Berenguela, pasaría a Fernando III el Santo, quien reunificaría definitivamente ambos reinos.

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Alfonso VIII fue uno de los más grandes monarcas medievales. Rey a los tres años, fue proclamado mayor de edad en 1169. Tuvo continuos enfrentamientos con navarros, aragoneses, leoneses y almohades, a quienes venció en la famosa batalla de las Navas. Anexionadas Álava y Guipúzcoa y solucionados sus problemas con los reinos cristianos, centró, buena parte de su interés y esfuerzos en la prosperidad de las comarcas del Alto Ebro con el fin de consolidar la frontera castellana con Navarra. Gran protector de la Iglesia habría que recordar, entre nosotros, sus apoyo a la instalación de los monasterios de Vadillo(Frías) y Rioseco(Valle de Manzanedo). Murió en 1214, siendo sepultado con su mujer doña Leonor, en las Huelgas de Burgos.

El alfoz nace en Castilla por los años en que desaparece definitivamente el peligro musulmán. Pero su desarrollo vino con la dominación navarra. Fue una división comarcal y territorial intermedia entre municipio y provincia. El poder de los delegados reales(tenente y merino) abarcó tanto a la administración y jurisdicción civil como a la militar.

Las disputas entre Castilla y Navarra mantuvieron al norte burgalés en contínua tensión militar durante buena parte del siglo XI. En lo alto de Petralata(entre la sierra de Oña y montes Obarenes), cerca de la Aldea del Portillo, alzaron los navarros un castillo hacia el año 1040. Desde allí vigilaban y gobernaban sus alcaides a Frías y valle de Tobalina. La mención de los tenentes se prolonga hasta mediados del siglo XII. Después se recuerda en alguna ocasión, tan solo su alfoz.

Con el gran avance cristiano hacia el sur, nuestra tierra debió de sufrir un notable retroceso demográfico por la emigración. Esto haría recapacitar al rey intentando concentrar la población para su mejor defensa, explotación del territorio y favorecer el comercio.

Parece que la reorganización territorial del Alto Ebro lo proyectó el rey desde el comienzo de su reinado. En 1170 intentaba trasladar a los cistercienses del páramo de Masa hasta Rioseco. Momentáneamente tuvo que olvidar la idea por las contínuas guerras y oposición de don Diego López de Haro.

Durante el año 1175 Alfonso VIII estuvo varias veces en Medina de Pomar. Estaba intentando reagrupar los antiguos y caducos alfoces en fuertes municipios. No desaparecerían aquéllos, sino que se modernizarán con una administración más cercana al pueblo, más civil y menos militarizada, así como más unidos. Se denominará Merindad Mayor de Castilla la Vieja, que abarcaba desde Santoña y Laredo hasta la Rioja. Las parcelas que lo integraron fueron: tierras de Santander, Merindad menor de Castilla la Vieja con capital en Medina de Pomar, Frías y su valle de Tobalina, Término(Santa Gadea del Cid) y valle de Valdegovía y el alfoz de Miranda de Ebro.

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Este reagrupamiento de Castilla la Vieja resultaría lento, desde 1177 en que da fuero a Miranda hasta 1202 en que concede el de Frías. Además, resultó un tanto superficial y teórico pues los diversos componentes gozarían de una autonomías casi total, con escasas relaciones entres ellos debido, en buena parte, al aislamiento geográfico y dificultades de comunicación. Algunas parcelas, como las de la Montaña y merindad menor de Castilla la Vieja, seguirían siendo excesivamente extensas para los medios de la época por lo que, posteriormente, se subdividirían aún más. Aunque también se dio el caso contrario, pues hubo agregaciones de diversos valles. En estas circunstancias, algunas aldeas de Frías se desmembrarían de la tierra, aunque la inmensa mayoría conservaría una gran cohesión a través de los siglos.

Parece que con esta política de creación de fuertes agrupaciones municipales, el rey también buscó la debilitación de poderosos monasterios como Oña o de grandes señores como los Lara y Haro, muy heredados en esta tierra.

La repoblación de Frías.

Alfonso VIII pretendió organizar y repoblar Frias simultáneamente al resto de la Merindad. Así se lo recordó a los monjes de Oña cuando les dice “populacioni mee de Fridas, cum ipsam de nouo populaui”. También lo demuestra el hecho de que ya había sido levantado el puente sobre el Ebro y construido un nuevo castillo en el pueblo, sustituto del de Petralata. Pero entonces fracasó.

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En 1199 ocurrían tres hechos políticos de gran trascendencia para nuestra villa: Castilla derrota definitivamente a Navarra, Alfonso gana Álava y Guipúzcoa y además Diego López de Haro se desnatura del rey hasta 1205. El monarca aprovecha la ocasión para actuar en Frías.

Comenzó el rey por adquirir de un tal Armengot "illo uestro castello de Fridas… cum sua villa et cum omnis iure eidem castro pertinente"(año 1201). Al año siguiente entregaba a los monjes de Oña su villa de Mijangos a cambio de Villanueva de los Montes, Quintanaseca, Montejo de San Miguel y diversas heredades en Tobera, Ranera y Zangandez con los que apoyar la nueva puebla. Para evitar el recelo de los monjes, dispuso que nadie de Mijangos pudiera avecindarse en Frías, al calor de los privilegios concedidos poco antes en el fuero.

En los inicios, la función defensiva de Frías fue la primordial. Tedeja y Petralata estaban abandonados y en toda esta zona del Alto Ebro no habrá otra fortaleza que la defienda. Y así serás hasta que en le siglo XIV el campesinado pierda su condición libre(behetrías) para pasar de realengo a señorío. Los Velasco levantarán los castillos de Medina y Montealegre y se harán con el de Frías. Entonces sus fines se invertirán pues, en vez de defender a los naturales, serán centros disuasorios contra ellos, sometiéndolos y exigiendo el pago de impuestos. O sea, lo contrario de lo pensado por Alfonso VIII.

Pero el rey no se limitó a organizar el nuevo municipio de Frías y después dejarle a su aire. En su primer testamento de 1204 ordenaría que la nueva población fuera deshechas y los llegados volvieran a sus casas por los muchos daños ocasionados a los lugares de origen. El extraño mandato no se cumplió, seguramente por encontrarse ya muy arraigada. Detrás estaban los López de Haro como se sabe que ocurrió, por ejemplo, en Bardauri(Miranda). Al reponerse, el monarca vendría por dos veces a nuestra villa (años 1205 y 6), sin duda para seguir personalmente la marcha de su querido proyecto.

La conmoción que trajo la obra de Alfonso VIII, produjo un desajuste de intereses que aflorarían unos años más tarde. Primero hubo descontento entre los propios vecinos, después el cabildo de San Vicente exigiría ciertos derechos a los clérigos de Tobalina y, finalmente, valiéndose de la fuerza que le proporcionaba el control de su castillo, se enfrentaría en larga disputa con el monasterio de Oña por la pertenencia de ciertos montes, derechos y aldeas que Frías consideraba suyas, como Trespaderne, Valdenubla, Arroyuelo, Palazuelos… Estas últimas dudas procedían del arriba citado cambio de Mijangos por otros bienes.

El primero se resolvería en 1211 con una revisión general de las heredades ya que había sido preciso enajenar muchas de ellas a favor del arcipreste don Diego de Haro. Sus ingresos habían sido invertidos en el amurallamiento de la nueva puebla. El arcipreste, por su parte, los empleó en la construcción del monasterio de Vadillo. La disputa entre los clérigos la resolvería el famoso obispo don Mauricio en 1219. Los enfrentamientos con Oña no se solucionarían hasta fines de siglo en que se delimita claramente el contorno de Frías y valle de Tobalina.

El resultado debió de ser una época de prosperidad. Los posteriores monarcas se desentenderían del pueblo, pues solo Fernando III estuvo alguna ocasión por estas merindades. El vecindario quedó poco agradecido a un monarca que tanto había hecho por su prosperidad. Durante siglos, el 13 de cada año(aunque el rey murió el día 6 de octubre de 1214), el cabildo de San Vicente celebró un solemne responso por su alma. El mejor epitafio lo redactaría un monje de Vadillo: “In ipso anno obiit rex Aldefonsus qui fuit melior in Hyspania”.

El fuero y sus características. Frías capital del valle de Tobalina.

El fuero es el ordenamiento jurídico fundamental de un territorio. Fue normal que primero se redactara uno breve con los especiales privilegios otorgados a la nueva puebla. Poco después se copiaba el modelo, modificando tan solo lo más indispensable con el fin de encajar los puntos anteriores. Así se hizo en Frías, por lo que ambos ejemplares habría que datarlos en un mismo año.

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Este fuero sería el fundamento de la identidad de nuestro pueblo y el origen del municipio y su concejo. Desde ahora el pequeño lugar se convierte en villa y llegará a alcanzar la categoría de ciudad. Sus normas fueron estímulo de desarrollo regional, las libertades concedidas mejorarán las condiciones de la población y todo ello atraerá a gente de fuera.

El hecho de tomarse como modelo el de Logroño, con las más indispensables variantes, no hacen más que reflejar un momento histórico determinado, el deseo de alcanzar los mismos objetivos que en otros sitios de la Merindad y muy posiblemente, también , el intento real de conseguir una cierta uniformidad de las normas jurídicas en una amplia zona del norte peninsular. Y, en nuestra tierra, llenar un vacío legal escrito pues hasta entonces se había guiado por el Fuero Juzgo, viejas costumbres, “fazañas” de hombres buenos, los supuestos Jueces de Castilla, decisiones concejiles y, a veces, fueros de albedrío, todo lo cual daba lugar a un gran desorden y confusión a la hora de juzgar.

El 8 de abril de 1201 el rey otorgaba ciertos privilegios al pueblo y su valle de Tobalina. Comienza advirtiendo que les concede el fuero de Logroño. Los habitantes de la Muela, tendrán ciertas ventajas pues solo pagarán la mitad que los del collado, además de estar dispensados de fonsado y apellido(llamada a la guerra). Y ello “pro maxima labore quem ibi sustinent ascendendo et descendendo cum rebus susis” y, aunque no se diga, también por su obligación de defender el castillo, muela y torre fortificada de San Vicente.

Pero otros puntos atañen a todo el vecindario. Todo aquel que tuviere casa y morare en Frías no pagará por sus heredades ni tampoco portazgo en todo el reino. Solo pagaría homicidio quien lo cometiese. El mercado llamado azog(diario) se celebraría en la Muela, donde hoy se dice Plaza de Granos, y el semanal de los sábados abajo, en la Plaza del Mercado. Con el tiempo se invertirían dichas celebraciones. Al año siguiente del fuero, Alfonso VIII fijaría en cierto documento los días de mercado de Oña, Pancorbo y Frías.

El gobernador puesto por el rey nombraría al merino, pero solo entre los vecinos. Será el vecindario quien elegiría a los alcaldes.

Nada se dice en especial de molinos y hornos, lo que indica una entera libertad para instalarlos. Y más notorio los primeros, de tanta importancia en el pueblo a través de los siglos, posiblemente desde la fundación del lugar, dando nombre al Molinar.

Los juicios se celebrarían en el pórtico de la iglesia de San Vicente, del que todavía podemos contemplar ciertos restos.

Del mismo modo que en Medina y Miranda, el fuero señala los puntos básicos de la nueva población. Frías será capital de un conjunto de aldeas, gobernada por un “senior” de nombramiento real, con un merino y varios alcaldes. Sería un poblado amurallado que proteja a los vecinos, mantenga la paz en el mercado y garantice el cobro de impuestos. También será centro religioso: sede del arciprestazgo, único monasterio en el valle y templo juradero. No habrá otro puente en el Ebro, a través del cual y del portillo de _Busto, se comerciará con la Bureba y la Rioja y, por el otro lado, con Orduña y Valmaseda hacia los puertos cantábricos con sal, lana y todo género de trajinería.

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Como consecuencia de los especiales privilegios otorgados a los de la Muela, Frías se dividirá en dos barrios contrapuestos: el de arriba incómodo, frío y apiñado, pero de viviendas muy codiciadas. El de abajo, resguardado y refugio de forasteros, entre ellos los judíos, tan numerosos que pronto habrá que construir la iglesia gótica de San Vitores para atenderlos.

Fernando III confirmaría el fuero en 1217. Alfonso XI completaría algún detalle en 1322 ordenando que las villas que gozaban del fuero de Logroño acudieran en sus apelaciones a los alcaldes de la capital riojana y no a la Corte, por su lejanía.

El texto foral señala al valle de Tobalina, antiguo alfoz de Petralata, como la tierra y aldeas de Frías. “Concedo…uobis…istos terminos: pero nomen de Serea usque ad fondon de Toualina et de Villafria usque ad Petralata et de monte Cabeças usque ad sumum Couiella”. Frías se convertiría, así, en capital de las 45 aldeas del Valle y seguirá siéndolo hasta 1728, en que se independiza para tener como capital a Quintan Martín Galíndez. Solo quedará con Tobera y Quintanaseca, como aún sigue.

Como ya se dijo, hubo dudas y disputas con oña por la fijación del sector más occidental y llano de Tobalina. Después se aclararía. Cuando a fines del siglo XIV todo pase a poder de los Velasco, éstos dividirán la merindad de Castilla la Vieja en 8 merindades(después fueron siete). Alguna aldea de Tobalina aprovecharía esta ocasión para pasar a Cuesta Urría y no quedar bajo la sujección de los duques.

Frías, lugar de señorío. La desvirtuación del fuero y sustitución por las ordenanzas de 1481

Los fueros sufrieron con el paso de los siglos un proceso de degradación normativa por la lógica evolución y complejidad del grupo social a quien había sido concedido. Los espacios vacíos fueron cubriéndose con la publicación de diversas ordenanzas concejiles. Estas se convirtieron en complemento y desarrollo del fuero. Por ello debían ser aprobadas por el rey o el señor, en su caso.

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Con el paso de Tobalina a los Velasco en 1372 y Frías en 1446, todo quedará a merced de la ambiciosa familia. Ellos nombrarán al alcaide(antiguo ”senior”) y éste al merino. La limitación de impuestos no será respetada, especialmente a la Muela, y serán acrecentados hasta cantidades insoportables. El pueblo protesta por la pérdida de sus libertades y el no respeto de los privilegios forales. Incluso se enfrentará a los nuevos señores(como lo recuerda la actual “Fiesta del Capitán”), pero no servirá de nada. Frías quedara por varios siglos como lugar de señorío hasta que en 1811 vuelva a recuperar la antigua libertad municipal que Alfonso VIII le otorgara en el fuero de aquel lejano año de 1202.

Fuero de Frías Castellano 1 ª Traducción al Castellano

8 abril 1202

(1) Sea notorio y manifiesto a los presentes y futuros cómo yo, Alfonso, por la gracia de Dios rey de Castilla y Toledo, junto con mi mujer la reina Leonor y con mi hijo Fernando, doy y concedo a vosotros el concejo de Frías, presente y futuro, el fuero de Logroño para que perpetuamente lo tengais.

(2) Aquellos que fueren a vivir a lo alto de la Muela, paguen la mitad de aquel impuesto que deben pagar según el fuero de Logroño, pero los demás paguen sus impuestos íntegramente.

(3) Y aquellos que habitar en lo alto de la muela, nunca vayan a fonsado ni a apellido a causa de cualquier necesidad que a mi o a alguno de mis sucesores le ocurra; estas excepciones les hago a los pobladores de la Muela por el gran trabajo que allí les cuesta subir y bajar con sus cosas.

(4) Además ordeno que cualquier poblador que fuere a Frías, tuviere casa y allí morare, no pague en ninguna parte de mi reino en razón de la vivienda o heredades que allí posea.

(5) Y los vecinos de Frías no paguen portazgo en mi reino de sus propios bienes.

(6) Y también mando que en Frías no se pague homicidio, excepto aquel que matare un hombre.

(7) Además ordeno que el mercado que llaman azog se celebre en lo alto de la Muela y el otro mercado tenga lugar cada sábado en el collado.

(8) Y el señor que mandase en Frías, quien quiera que fuese, no ponga merino en Frías a nadie que no sea vecino de dicha villa.

(9) Y si alguno quisiere infringir o reducir esta carta, incurra en la ira de Dios todopoderoso y a la parte real pague de multa mil aureos y, además, aquel daño cometido le restituya duplicado.

(10) Hecha la carta en Ayllón, era mil doscientos cuarenta (año 1202), a 8 días del mes de abril.

(11) Yo el rey Alfonso, reinante en Castilla y Toledo, esta carta que mandé escribir, con mi propia mano firmo y confirmo.

(12) Gonzalo Rodríguez, mayordomo del rey, confirma. El conde Fernando Núñez, alférez del rey, confirma. Martín, arzobispo de la sede toledana, primado de España, confirma. Mateo, obispo burgense, confirma. Alderico, obispo palentino, confirma. Diego, obispo de Osma, confirma. Rodrigo, obispo de Segovia, confirma. Juliano, obispo concense, confirma. Gonzalo, obispo de Sigüenza, confirma. Jacobo, obispo abulense, confirma. Lope Sánchez, confirma. Pedro García de Lerma, confirma. Rodrigo Díaz, confirma. Pedro González de Marañón, confirma. Alfonso Téllez, confirma. Guillermo González, confirma. Gutie.